¿Qué es el proceso legislativo? Etapas e importancia

28.10.2020

El proceso Legislativo es el conjunto de actos y procedimientos legislativos, concatenados cronológicamente, para la formación de leyes, así como para reformar la Constitución y las leyes secundarias. 

Son diversos los aspectos que intervienen en el proceso legislativo de un país, desde la integración del órgano responsable de legislar hasta el tipo de gobierno en que éste se desenvuelve, además de las circunstancias económicas, políticas, sociales y culturales.

La transición democrática experimentada por nuestro país a inicios del siglo XXI ha propiciado que el Congreso de la Unión sea un órgano plural, integrado por diferentes fuerzas políticas con ideologías diversas. En nuestro país el proceso legislativo se rige fundamentalmente por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, y otros documentos.

En lo que respecta a las etapas que integran el proceso legislativo, podemos distinguir las siguientes: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, promulgación, publicación e inicio de la vigencia, como ya se mencionó en la sesión anterior.

Etapas:

Iniciativa.

Es el acto por medio del cual algunos órganos del Estado tienen el derecho de presentar al Congreso de la Unión algún proyecto de ley, que puede ser nuevo en su totalidad o ya existente; en este último caso pudiera ser que se necesite ser modificada en alguna de sus partes.

El derecho de iniciar leyes a través del Proceso legislativo le corresponde, de manera general a: 

  • Al Presidente de la República.
  • A los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión.
  • A las legislaturas de los Estados. 

Se denomina Cámara de origen a la que inicia el proceso legislativo y Cámara revisora a la que recibe la iniciativa aprobada por la primera.

Discusión.

El vocablo discusión significa "conversación entre varias personas en la que se examina un asunto o tema para solucionarlo o explicarlo".

La discusión de un proyecto de ley constituye la segunda etapa del proceso legislativo, y requiere del análisis detallado de los legisladores. Implica debatir en las sesiones plenarias para que sea aprobado, o en su defecto, rechazado. De acuerdo con el Artículo 72 Constitucional, apartado A, "Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente".

Aprobación.

Después de haber sido presentada y discutida una iniciativa de ley, tanto en lo general como en lo particular, llega el momento de aprobarla o rechazarla, lo cual significa que la aprobación es el acto que ocurre cuando las cámaras aceptan que un proyecto está en condiciones de convertirse en ley.

Una vez aprobado un proyecto de ley en la Cámara de origen, pasará de inmediato, para su discusión, a la Cámara revisora. Si algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cámara de revisión, volverá a la de origen con las observaciones que aquélla le hubiese hecho.

Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte, modificado o adicionado por la Cámara revisora, la discusión en la Cámara de origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de origen, se turnará el proyecto al Poder Ejecutivo, para su correspondiente sanción.

Sanción.

Este acto corresponde al titular del Poder Ejecutivo y se presenta cuando éste se adhiere a un proyecto de ley que ya fue aprobado por el Congreso.

El Presidente de la República tiene derecho de veto, lo que significa que está facultado para negar su sanción (aprobación) a un proyecto de ley ya aprobado por el Poder Legislativo y dicho proyecto ya no podrá volver a presentarse para su sanción en el mismo período de sesiones. 

"La amistad es un alma que habita en dos cuerpos; un corazón que habita en dos almas" (Aristóteles) 
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